Karen Atala es una jueza chilena que una vez que concluyó su matrimonio, por mutuo acuerdo con el padre de sus tres hijas, se quedó con la custodia. Sin embargo, después formalizó una relación con otra mujer que empezó a vivir con ella y las hijas.
El padre demandó la custodia alegando que la orientación sexual de la madre y su vida ponían en peligro el desarrollo físico y emocional de sus hijas por no vivir en un matrimonio “normal” y por las supuestas enfermedades de transmisión sexual.
El padre perdió la demanda en las primeras dos instancias, pero cuando acudió a la Corte Suprema de Chile ésta resolvió a favor de él porque, argumentaron, al hacer explícita su condición homosexual, Atala anteponía sus intereses frente a los de sus hijas, daba razón al padre en cuanto el riesgo al desarrollo físico y emocional de las niñas y que al reemplazar al padre por una mujer se deterioraba el entorno y que esto podría convertirlas en objeto de discriminación.
Posteriormente, Karen Atala demandó al Estado Chileno ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que declaró al Estado de Chile responsable de vulnerar derechos de Atala, a grandes rasgos, señalando que la igualdad es inseparable del género humano y su dignidad por lo que los Estados deben abstenerse de discriminar en acciones o leyes y reconoció también la obligatoriedad de los Estados en cambiar o revertir situaciones discriminatorias existentes.
La Corte Interamericana concluyó que tanto la orientación sexual como la identidad de género son categorías protegidas por la Convención Americana y las identificó como parte de las “categorías sospechosas” a partir de este caso, es decir, que la falta de consenso en un país sobre los derechos de las minorías sexuales no puede justificar su restricción o negación para perpetuar la discriminación histórica y estructural. Y que en todo caso, es a la autoridad a quien le corresponde la carga de la prueba a través de una fundamentación rigurosa y de mucho peso y no a través argumentos abstractos, estereotipados y discriminatorios.
En el debate alrededor del matrimonio igualitario es preciso recordar que México forma parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y que todas sus autoridades están obligadas a tener presentes estos criterios en el desempeño de todas sus funciones.
Rebeca Garza
Aquí se puede descargar el resumen oficial de este caso.
Aquí parte de los alegatos en la CIDH:
Nota periodística cuando la CIDH condena al Estado de Chile:
Acto de reconocimiento público de responsabilidad internacional realizado por el Estado de Chile a Karen Atala
Conferencia Magistral «El caso Karen Atala Riffo y Niñas vs Chile» realizada en Acapulco Guerrero, en el año 2014 por M.D. Ulises Flores Sánchez
Y, finalmente, el testimonio de un hijo criado por una pareja de mujeres lesbianas, muy emotivo por cierto: