Si alguna vez requieres la efectiva procuración de justicia como víctima o como una persona indiciada y además eres una persona lesbiana, gay, bisexual, trans o intersex quizás sea importante saber que existe un Protocolo de la Procuraduría General de la República en casos que involucren la orientación sexual y la identidad de género[1] que es aplicable para agentes del Ministerio Público de la Federación, Agentes de la Policía Federal Ministerial, Policía Federal y Peritos.
Este protocolo busca proteger derechos ya previstos en los tratados internacionales para que el debido proceso se realice con objetividad y diligencia debida, porque como ya se ha reconocido, quienes participan en la impartición de justicia deben evitar que los prejuicios sociales influyan en sus actuaciones o decisiones.
Por lo tanto, el protocolo establece reglas -para quienes integran la PGR y participan en la investigación y persecución de delitos relacionados con personas de la comunidad LGBTI- para poner en práctica acciones positivas con base a la orientación sexual, la identidad y la expresión de género así como a la atención a víctimas de la comunidad LGBTI que sufran de violencia delicitiva y aplica tanto para personas imputadas, víctimas directas, indirectas o potenciales o en cualquier otro carácter donde intervengan y pertenezca la comunidad LGBTI.
Contiene fundamentos legales para que se pueda exigir a las autoridades cuando se trate de delitos que se persigan de oficio con el objeto que se evite desestimar o no investigar seriamente el delito cometido así como que la investigación sea oportuna, competente, imparcial e independiente a los poderes del Estado, que sea exhaustiva y que cuente con la participación de las víctimas en cuanto a su derecho a ayudar en la investigación.
También contiene una lista de derechos esenciales que tienen las víctimas en la investigación como el consentimiento informado referente a aportar datos que sean de la intimidad cuando se autoriza que sean obtenidos por personas especializadas; el derecho de las víctimas o familiares a apoyar en la investigación incluyendo la posibilidad de aportar peritajes; el derecho a la representación y asesoría jurídica gratuita; así como el trato adecuado y no discriminatorio.
Si bien, este protocolo requiere actualizarse, especialmente, a la luz de las recomendaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos señaladas en el Informe “Violencia contra personas Lesbianas, Gay, Bisexuales, Trans e Intersex en América”[2] , contiene en 14 hojas información que puede ser de gran apoyo para quienes requieren tener elementos para exigir una efectiva procuración de justicia.
Rebeca Garza
@Rivka_Azatl
[1] “Protocolo de la Procuraduría General de la República en casos que involucren la orientación sexual y la identidad de género”: http://www.pgr.gob.mx/que-es-la-pgr/PGR_Normateca_Sustantiva/ProtocolodeActuacionLGBTI.pdf
[2]Informe “Violencia contra personas Lesbianas, Gay, Bisexuales, Trans e Inersex en América” (p. 289) http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/violenciapersonaslgbti.pdf