Jakelyne Barrientos, candidata trans a diputación local en Chihuahua y la invisibilización de la violencia política de género.


Jakelyne Barrientos Martínez, es una mujer trans muy conocida en Ciudad Juárez como figura local que en el año 2016 fue candidata por el PRD a la diputación local por el distrito 09 de Ciudad Juárez, Chihuahua.

Dado que Barrientos Martínez, no cuenta aún con una rectificación de su acta de nacimiento que reconozca su identidad de mujer como Jakelyne dada la omisión legislativa tanto federal como local al respecto, solicitó en su momento al Instituto Electoral de Chihuahua que en las boletas electorales apareciera su nombre de Jakelyne Barrientos, puesto que así era conocida en los diferentes actos de campaña.

Después de esta solicitud, sucedieron diferentes actos que obstaculizaron que ella tuviera respuesta a su petición: su representante de partido fue sustituida por otra persona y el Instituto Estatal Electoral de Chihuahua no contestó de manera formal si la solicitud podía ser atendida o no.

Las boletas electorales no salieron conforme ella lo había solicitado. Por tanto, posterior a la elección impugna y tanto el Tribunal Electoral de Chihuahua como la Sala Regional de Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, consideran como “inoperantes e infundados los agravios” argumentando que “la solicitud consistió en un cambio de nombre y no en la inclusión de un alias”.

Sin embargo, ambas sentencias creo que deben ser revisadas a la luz de lo siguiente:

  1. El caso no fue analizado con perspectiva de género.
  2. Las personas juzgadoras no tomaron en cuenta el Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren la orientación sexual o la identidad de género* de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que contiene criterios orientadores claves como el test de escrutinio estricto frente a una restricción basa en categoría sospechosa o el test para detectar la discriminación indirecta.
  3. Tampoco fue beneficiada con la aplicación del Protocolo para atender la violencia política contra las mujeres para identificar la propia violencia que puedo haber vivido no sólo social sino desde el propio partido político hasta de las autoridades electorales administrativas y jurisdiccionales.
  4. Ignoraron el antecedente de 2003 en donde el entonces IFE aprobó la candidatura a diputación federal de Amaranta Gómez Regalado, permitiendo así que apareciera su nombre en las boletas electorales.**
  5. Asimismo, en las diferentes sentencias Jakelyne Barrientos es malgenerizada y desgenerizada violentado así, desde mi punto de vista, su dignidad como persona.

A pesar que la impugnación de Jakelyne Barrientos fue considerada infundada creo que es importante visibilizar su caso para enunciar y estudiar las diferentes formas de violencia de género que efectivamente vivió y que han sido invisibilizadas a partir de un discurso de neutralidad jurídica, especialmente en un país donde aún carecemos, a excepción de la ciudad de México, de leyes o reformas que reconozcan el libre desarrollo de la personalidad de las personas trans.

Rebeca Garza

@Rivka_Azatl

* Ver páginas 40 y 41.

**Ver páginas 11, 19 y 212.

Jakelyne Barrientos

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