Antecedentes
El 6 de noviembre Leticia Bonifaz, abogada feminista chiapaneca integrante de la CEDAW y varias veces considerada para integrar magistratura en la Suprema Corte de Justicia el artículo “Esta lucha es mía” donde se posiciona a favor de los derechos humanos de las personas trans , en particular las mujeres trans como sujetas políticas del feminismo.
Respuesta del sector feminista abolicionista trans excluyente
Inmediatamente comenzó a circular este formulario con un tono tan condescendiente que sí se usara contra ellas lo tacharían de misoginia.
Como suele suceder con los discursos de odio es difícil identificar quienes coordinan tanto el comunicado como la página conspiranoica llamada “Borrado de mujeres”










Respuesta de las feministas abolicionistas al artículo «Esta lucha es mía», de Leticia Bonifaz Alfonzo, experta del comité CEDAW
El pasado sábado 4 de diciembre la doctora Leticia Bonifaz Alfonzo escribió en el diario mexicano de circulación nacional El Universal un artículo («Esta lucha es mía» [1]) en el que, tras insinuar que quienes defendemos los derechos de las mujeres basados en el sexo y nos oponemos a que el feminismo se convierta en el cajón de sastre de todas las luchas sociales habidas y por haber, somos excluyentes y no queremos “compartir las experiencias y los resultados” de nuestra lucha, concluye:
“¿Cabe en el movimiento feminista el reconocimiento de las mujeres trans? Sí. ¿Por qué no se quedan en la lucha de la población LGBTTTI+? Porque la discriminación que sufren se intersecta. Es esta minoría, dentro de otra minoría, a la que se ha visto como una amenaza al movimiento feminista, al punto de que podría implicar el borrado de la categoría mujer. No lo comparto.”
Sabemos que mucha gente se niega a ver cómo la paulatina sustitución en legislaciones de todo el mundo de la categoría material de “sexo” por la categoría subjetiva de “identidad de género” se traduce en un borrado jurídico de las mujeres [2]. Y no sólo jurídico, también lingüístico, como prueba el hecho de que en ciertos círculos ahora resulta que «mujer» o «madre» son malas palabras y prefieren aplicarnos los groseros apelativos de «personas vulvoportantes» o «personas gestantes». Leticia Bonifaz pertenece a ese grupo que no lo ve.
Esa diferencia de opinión no tendría mayor importancia si no fuera porque Bonifaz fue elegida el 9 de noviembre de 2020 [3] para integrar el comité de expertas independientes que supervisan la aplicación de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW [4]).
Este tratado internacional, adoptado en 1979 por la Asamblea General de las Naciones Unidas y vinculante para los Estados parte, representa la primera declaración de derechos específicos de las mujeres. Se proclamó en vista de que, a pesar de que diversas convenciones internacionales tenían la consigna de favorecer la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, éstas seguían siendo “objeto de importantes discriminaciones”.
Ya desde su artículo 1, la CEDAW estipula:
“A los efectos de la presente Convención, la expresión ‘discriminación contra la mujer’ denotará toda distinción, exclusión o restricción BASADA EN EL SEXO que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera”. [Las mayúsculas son nuestras.]
Y en su artículo 5, inciso a, exhorta:
“Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos O EN FUNCIONES ESTEREOTIPADAS DE HOMBRES O MUJERES”. [Las mayúsculas son nuestras.]
Por último, es pertinente recordar que en su artículo 10 la CEDAW declara:
“Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer, a fin de asegurarle la igualdad de derechos con el hombre en la esfera de la educación y en particular para asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres:
c) La eliminación de todo concepto estereotipado de los papeles masculino y femenino en todos los niveles y en todas las formas de enseñanza […].
g) Las mismas oportunidades para participar activamente en el deporte y la educación
física”.
No es gratuito que la Declaración sobre los Derechos de las Mujeres Basados en el Sexo [5] (documento internacional elaborado en respuesta a los empeños de grupos de presión –
financiados por capitales multimillonarios [6]– por abrir las categorías de mujer, lesbiana y madre a hombres que dicen tener una identidad de género femenina) se fundamente expresamente en la CEDAW (entre otros instrumentos internacionales de derechos humanos) para reafirmar que los derechos de las mujeres se basan en la categoría de sexo, reafirmar la naturaleza de la maternidad como una condición exclusiva de las mujeres, así como reafirmar los derechos de las mujeres a la participación política sobre la base del sexo y a las mismas oportunidades que los hombres para participar activamente en deportes y educación física, entre otros derechos.
Si la doctora Bonifaz celebra que cada quien tenga su propia personalidad, no tiene nada de qué preocuparse: nosotras también: defendemos el derecho al libre desarrollo de la personalidad y en consonancia con esto nos oponemos fervientemente a la imposición de los estereotipos sexistas (que por cierto también la CEDAW y la Declaración sobre los Derechos de las Mujeres Basados en el Sexo buscan combatir).
Si la mexicana integrante del comité de CEDAW quiere que entendamos “lo no binario, lo no dicotómico, lo que fluye, lo que traspasa límites”, todo bien. La Declaración, sus firmantes y las feministas abolicionistas reconocemos que los estereotipos de roles sexuales son perjudiciales y sabemos que el derecho de las personas a vestirse y presentarse como deseen es compatible con los derechos de las mujeres basados en el sexo.
Si le preocupa la “población LGBTTTI+”, sepa que la Declaración sostiene:
“Los derechos sobre la orientación sexual son necesarios para eliminar la discriminación contra quienes sienten atracción sexual por personas del mismo sexo. Los derechos relacionados con la orientación sexual son compatibles con los derechos de las mujeres basados en el sexo y son necesarios para que las lesbianas, cuya orientación sexual se dirige a otras mujeres, puedan ejercer plenamente sus derechos basados en el sexo”.
Eso sí, “el concepto de ‘identidad de género’ hace que los estereotipos construidos socialmente, que organizan y mantienen la subordinación y la desigualdad de las mujeres, se conviertan en condiciones esenciales e innatas, socavando de este modo los derechos de las mujeres basados en el sexo”.
Si la doctora Bonifaz desea que le volvamos a presentar la Declaración sobre los Derechos de las Mujeres Basados en el Sexo y le expliquemos punto por punto cómo dichos derechos reivindicados por la CEDAW chocan con el transgenerismo, lo haremos con todo gusto. Encantadas de la vida le podemos mostrar cómo las demandas de los apóstoles de la identidad de género atentan contra varios artículos de la convención por la que le corresponde velar. Además del ya mencionado 1 (sobre la discriminación BASADA EN EL SEXO, EN EL HECHO DE SER MUJERES), el artículo 4.2 (sobre la función social de la maternidad y el interés de los hijos como primordial), el 10d (sobre las oportunidades en becas y subvención educativa), el 7 y 8 (sobre el derecho a votar y ser elegidas en organizaciones públicas, privadas y no gubernamentales nacionales e internacionales), el 10g (sobre las medidas que garanticen a las mujeres las mismas oportunidades que a los hombres para participar activamente en el deporte y la actividad física), el 11c (sobre el derecho a elegir libremente profesión y empleo y a tener estabilidad), el 11d (sobre el derecho a igual remuneración y trato que los hombres), el 6 (sobre el derecho de las mujeres a una vida sin trata y explotación de la prostitución) y el16b (sobre el derecho a elegir libremente cónyuge).
Del mismo modo, las feministas abolicionistas latinoamericanas podemos enseñarle a la experta cómo la agenda transgenerista pone en jaque varias de las recomendaciones generales [7] de la misma CEDAW , como las 19 y 35 (sobre diversas formas de violencia machista contra las mujeres), la 14 (sobre la protección contra la mutilación genital femenina), la 24 (sobre el derecho a tener la mejor salud física y mental) o la 36 (sobre el derecho de las niñas y mujeres a la educación).
El transgenerismo y la ideología de la identidad de género no sólo son una forma clarísima de discriminación contra la mujer, sino que tergiversan las medidas especiales de carácter temporal encaminadas a acelerar la igualdad de facto entre el hombre y la mujer (a que alude la CEDAW en su artículo 4) y son del todo contrarios a la igualdad sustantiva para las mujeres, pues impiden su acceso a las mismas oportunidades y beneficios que tienen los hombres en la ley y en la práctica.
“Las experiencias y los resultados se comparten”, dice Bonifaz. Sí, pero ¿cómo brincamos de eso a que ahora todas las mujeres y niñas tendrán que compartir sus espacios exclusivos (vestidores, cárceles, categorías deportivas, movimiento político, refugios para mujeres víctimas de violencia, grupos de lesbianas…) con hombres que hacen de los roles estereotipados su identidad? ¿Por qué la interseccionalidad significa que ahora el feminismo tenga que centrarse en los supuestos derechos de hombres que reclaman una identidad de género femenina y que las lesbianas tengan que considerarlos parte de su lucha política y de su existencia amorosa? ¿Está de acuerdo la columnista de El Universal con estas implicaciones de su tan posmoderna e incluyente postura?
Sorprende muchísimo que la experta de la CEDAW suscriba públicamente opiniones del todo incompatibles con la convención internacional cuyo trabajo es defender. Las abajo firmantes, mujeres y agrupaciones feministas abolicionistas de México y otros países de América Latina y el resto del mundo, nos preguntamos por qué Leticia Bonifaz aceptó hace un año la importante responsabilidad de supervisar el cumplimiento de la CEDAW si, como evidencia su texto «Esta lucha es mía», está en profundo desacuerdo con sus principios y razón de ser. ¿Qué para promover “todos los derechos para todas las personas” no hay otros cauces?
REFERENCIAS:
1. https://www.eluniversal.com.mx/opinion/leticia-bonifaz-alfonzo/esta-lucha-es-mia
2. https://contraelborradodelasmujeres.org
3. https://www.gob.mx/sre/prensa/la-dra-leticia-bonifaz-alfonzo-fue-electa-como-experta-en-el-comite-para-la-eliminacion-de-la-discriminacion-contra-la-mujer-comite-cedaw?idiom=es
4. https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/cedaw.aspx
5. https://www.womensdeclaration.com/es/womens-sex-based-rights-full-text-es/
6. https://www.the11thhourblog.com
7. https://www.ohchr.org/SP/HRBodies/CEDAW/Pages/Recommendations.aspx
Promoventes
